INFORMACION GENERAL

ATENAS Y LA AGENCIA CÓRDOBA DEPORTES SE UNEN PARA FOMENTAR LAS ACTIVIDADES DEPORTIVAS

La Asociación Deportiva Atenas firmó con la Agencia Córdoba Deportes un convenio que tiene como objetivo principal, promover el desarrollo deportivo, diseñar, proyectar, brindar apoyo y ejecutar acciones destinadas a la asistencia de deportistas para su formación y capacitación permanente.

Este acuerdo, le permitirá a la entidad de Barrio General Bustos, entre otras cosas, hacer uso de las instalaciones que posee la Agencia, siendo los socios del Griego, los principales beneficiarios.

Del encuentro que se llevó a cabo en la sede de Atenas, participaron el ministro de Gobierno Manuel Calvo, el Presidente de la Agencia Córdoba Deportes, Agustín Calleri, el Presidente de Atenas, David Urreta y el dirigente Felipe Lábaque.

En la oportunidad, las autoridades provinciales aprovecharon para recorrieron el nuevo estadio y practicar tiros al aro con suerte dispar.

CONSIDERANDO:

  1. Que LA AGENCIA, tiene por objetivo promover el desarrollo deportivo, diseñar, proyectar, planificar, brindar apoyo y ejecutar acciones destinadas a la asistencia a deportistas provinciales para su formación y capacitación permanente;
  2. Que ATENAS, siendo un ícono en la historia del básquetbol nacional, es una asociación civil de bien común establecida desde el año 1938 y que tiene el objetivo de promocionar la actividad deportiva para la comunidad, conteniendo a su masa societaria en el desarrollo de cualquier actividad física, deportiva o cultural en un marco de compromiso, respeto, solidaridad y esfuerzo colectivo e individual para formar buenos jugadores, equipos competentes y mejores personas para la sociedad.
  3. Que LA AGENCIA, cuenta con distintos espacios físicos e importante infraestructura, en la cual ATENAS puede llevar a cabo actividades.

En orden a ello, las partes acuerdan en celebrar el presente CONVENIO MARCO, en adelante el “Convenio” que se regirá por las siguientes cláusulas y condiciones: 

CLÁUSULA PRIMERA (Objeto): Por medio del presente, las partes declaran y se comprometen a promover el desarrollo de diferentes acciones inherentes al desarrollo de actividades deportivas, en especial en el Barrio General Bustos de la Provincia de Córdoba y zona aledaña, fomentando intercambios recíprocos y de asistencia en sus respectivos campos y áreas de interés mutuo, pudiendo ATENAS disponer de establecimientos que la AGENCIA posee.

SEGUNDA: Las partes acuerdan que del presente Convenio Marco y en función de las necesidades que se irán desarrollando, podrán celebrarse Actas Complementarias de Coordinación Específica en las cuales se consignarán programas y/o acciones específicos, según el caso, y se formalizarán simplemente por los representantes que ambas instituciones hayan designado, debiendo posteriormente las autoridades firmantes del presente, disponer las medidas legales necesarias en sus correspondientes ámbitos, para asegurar la plena validez de las mismas. Estas Actas Complementarias constituirán Anexo del presente acuerdo marco.

TERCERA: Las Actas a que por acción de la cláusula Segunda se firmaran, deberán precisar los objetivos generales y específicos, derechos y obligaciones de cada una de las partes, competencia, áreas intervinientes y/o responsables según corresponda, plan operativo y cronograma de implementación, recursos necesarios, modalidad de aporte y/o financiamiento si correspondiere.

CUARTA: La Agencia se compromete a poner a disposición los establecimientos deportivos a su cargo y facilitar la participación de socios de ATENAS para que lleven a cabo actividades físicas. 

QUINTA: Por su lado ATENAS, tendrá a su cargo y será su responsabilidad por el uso de los establecimiento que fueran entregados por la AGENCIA para la realización de actividades deportivas.

SEXTA: A los fines de asegurar una adecuada coordinación, las partes facilitarán un fluido intercambio de información en los ámbitos de interés precitados y designarán para éste fin, un responsable con atribuciones suficientes para lograr su cometido. Tal designación y atribuciones, deberán formar parte del anexo del presente convenio marco.

SEPTIMA: El presente convenio entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma y se extenderá hasta el 31 de Diciembre del año 2025. La renovación se considerará automática, salvo la voluntad manifiesta de cualquiera de las partes de interrumpir el vínculo, decisión que deberá comunicarse fehacientemente.

Ultimas noticias

Informate antes que nadie

Recibe por email todas las noticias de Villa Carlos Paz.